INFORMACIÓN PARA PROVEEDORES
A) MESIMA BILBAO, S.A. – CONDICIONES GENERALES DE COMPRA
01) CONFORMIDAD CON EL PEDIDO
El Suministrador entregará los Bienes/Servicios en las cantidades, lugar y plazo de entrega establecidos en el Pedido. En el caso de no cumplimiento de la fecha establecida de entrega, MESIMA se reserva el derecho de imputación a proveedor de los costes ocasionados por la falta de material.
En caso de suministro de Material metálico, Éste deberá acompañarse obligatoriamente de su correspondiente certificado de ensayos de acuerdo a la norma UNE-EN 10204, especificándose la norma de referencia contra la que se ha fabricado el material.
02) CONFORMIDAD DE PRODUCTO
En caso de recibir un producto no conforme, el proveedor cubrirá los gastos derivados de sustitución y transporte.
Igualmente, si el producto contiene vicios ocultos no identificables por inspección visual, MESIMA trasladará al proveedor los costes en los que nuestros clientes incurran en su consecuencia.
Si el suministro de un producto no conforme no se informa a tiempo para evitar su utilización, el proveedor responderá de los gastos y responsabilidades derivados de la utilización de dicho producto.
03) ENTREGA Y TRASPASO DEL TITULO DE PROPIEDAD
A) El título de propiedad y el Riesgo por la pérdida o dano de los Bienes objeto de este Suministro, serán transmitidos a MESIMA cuando estos sean entregados en el destino indicado en el Pedido.
B) Si los bienes/Servicios no están de acuerdo con los términos establecidos en el Pedido, MESIMA se reserva el derecho de rechazar el suministro.
C) MESIMA podrá dar por concluido todo o parte del Pedido si, la demora en el cumplimiento del plazo de entrega pusiera en riesgo los compromisos contractuales de MESIMA frente a sus Clientes.
No obstante el suministrador podría ser excusado de su retraso, únicamente si demostrara satisfactoriamente que las causas del mismo han sido totalmente ajenas a su voluntad.
Los acontecimientos de fuerza mayor («aquellos sucesos que no hubieran podido preverse, o que, previstos fueran inevitables») excusarán al Suministrador del cumplimiento del plazo de entrega pero, no obstante, estos hechos de comunicarán por escrito.
04) PRECIO Y PAGO
A) El precio especificado en la Orden de Compra es fijo. Las facturas se tramitarán en la fecha en que finalicen los trabajos y/o se reciba el suministro en la dirección indicada en la Orden de Compra.
Ambas partes establecerán de común acuerdo las condiciones de pago que consideren oportunas. Por omisión, el pago será efectuado por MESIMA en el plazo que a su criterio considere oportuno dentro del marco lega vigente.
B) Sin perjuicio de otros derechos, MESIMA se reserva el derecho de deducir cualquier pago pendiente toda reclamación relativa a éste u otros Pedidos al Suministrador.
05) AUDITORIAS DE PRODUCTOS
El suministrador aceptará la presencia de Mesima Bilbao, S.A. (MESIMA) durante las auditorías de productos y/o procesos con el fin de garantizar la Calidad de los productos suministrados.
06) PENALIZACIONES
En el caso de retrasos en la entrega sobre las fechas establecidas en el pedido, MESIMA se reserva el derecho de deducir las cantidades pendientes de pago al Suministrador en un 2% del valor total del pedido por cada semana o fracción de retraso con un máximo del 10% de su valor.
07) RESPONSABILIDAD POR LOS DERECHOS A LA PROPIEDAD
Cualquier clase de reclamación que pudiese ser hecha contra MESIMA acerca de la propiedad de los bienes o de cualquier clase de artÌculo o material sobre los que se ha realizado alguna clase de trabajo que pudiesen constituir un incumplimiento o violación de patentes, copyrights, diseños registrados o derechos sostenidos por una tercera parte, será resulta por límite de costos y gastos, mantendrá indemne a MESIMA de los resultados de las mismas.
08) CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION
Toda aquella información que MESIMA haya proporcionado o pueda proporcionar, relativa a los negocios o productos de MESIMA que llegue al conocimiento del Suministrador en el curso de la gestión de pedido, será tratada con la máxima confidencialidad y no será dada a conocer a terceras partes sin previo consentimiento escrito de MESIMA.
Cualquier incumplimiento de esta cláusula de confidencialidad por parte del Suministrador llevará implícita la consecuente penalización que establezcan los Tribunales destinados a este fin.
09) PUBLICIDAD
El suministrador no hará referencia al nombre, logotipos comerciales o productos relacionados con MESIMA con fines publicitarios sin el previo consentimiento por escrito de MESIMA.
10) LEY
Estas condiciones de suministro están sujetas y serán interpretadas de acuerdo con la Legislación Española
11) CONFLICTO
En el caso de conflicto entre estas Condiciones Generales de Compra y otras particularmente específicas en una Orden de Compra, estás últimas prevalecerán.
B) HOMOLOGACIÓN DE PROVEEDORES
MESIMA BILBAO recoge en sus sistemas información general de cada proveedor, así como datos relativos a su homologación, tales como el alcance, el tipo de homologación, la fecha de expiración y el Índice de Calidad del Proveedor.
La homologación inicial de cada Proveedor se realiza en base a alguno de los siguientes criterios:
A) Por Histórico:
La homologación por histórico se aplica a proveedores con los que se viene trabajando habitualmente, sin incidencias, desde hace más de dos años.
B) Por Reconocimiento:
MESIMA podr· homologar a sus proveedores cuando cumplan, al menos, alguno de los siguientes requisitos:
B.1) Que tengan implantado y certificado por un organismo acreditado, un Sistema de Gestión de la Calidad según la referencia ISO 9000, EN 9100 o EN 9120.
B.2) Que suministren servicios, productos o materiales certificados por organismos nacionales o internacionales acreditados.
B.3) Que estén homologados por algún Cliente o empresa de reconocido prestigio.
C) Por Muestras y/o Servicios
La homologación de un proveedor según este criterio se realiza una vez se hayan recibido tres pedidos o servicios consecutivos en los que todo el material/servicio haya sido conforme a lo especificado en el pedido.
D) Otros
Por ser Proveedor Unico, o bien impuesto por nuetros clientes.
C) EVALUACIÓN CONTINUA DE PROVEEDORES
La condición de proveedor Homologado se concede de forma inicial y deberá mantenerse y renovarse cada año.
La evaluación continua de los proveedores se realiza a través de la información recogida en las inspecciones realizadas en las recepción de los materiales y contrataciones.
La acumulación de Deméritos se realiza de acuerdo a los siguientes criterios:
3 Puntos de Demérito: Se suministra un material o servicio con Informe de No Conformidad que finalmente resulta Rechazado.
1 Punto de Demérito: Se suministra un material o servicio con Informe de No Conformidad que finalmente resulta Aceptado.
3 Puntos de Demérito: El cliente destinatario del producto o servicio realiza una reclamaciÛn.
Con la aparición de un demérito, el Personal de Calidad o de Compras de MESIMA solicitará a éste, la presentación de evidencias de acciones correctivas que eliminen la causa de la no conformidad.
Anualmente, Mesima calcula para cada Proveedor un Indice de Calidad IC, basado en la relación porcentual de deméritos acumulados respecto del total de recepciones.
Si el Indice de Calidad (IC) de un proveedor resulta menor de 80, el Comité de Calidad decidirá si dicho proveedor continúa homologado o si se prescinde de sus servicios, comunicando por escrito al proveedor la decisión tomada y, en su caso, la necesidad de que tome acciones correctivas de manera inmediata.